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Las autoridades reguladoras nacionales (ARN), conocida la normativa técnica internacional en materia de límites de exposición a CEM aplicables a equipos de telecomunicación o industriales, proceden a adoptar las disposiciones pertinentes en lo que se refiere a las instalaciones que generan CEM. En esta tarea, las autoridades habitualmente siguen las recomendaciones emanadas de los organismos internacionales competentes, conscientes de que la realidad nacional debe convivir con un entorno globalizado donde, por ejemplo, la libre circulación de terminales y dispositivos es habitual.
El hilo conductor que enlaza la evidencia científica con la adopción de la regulación concreta en un país es el recogido en la siguiente figura.

Como puede observarse en el proceso representado, la primera fase de la secuencia de regulación parte de las investigaciones y recomendaciones emanadas de los organismos internacionales competentes en materia de protección de la salud pública frente a los CEM, información esta de carácter dinámico que está sometida a continua revisión en la medida que se van produciendo avances en la investigación. En esta fase es vital la actuación de dos tipos de organismos internacionales, los de investigación de carácter sanitario (ICNIRP y Organización Mundial de la Salud-OMSprincipalmente) y los de normalización de equipos de telecomunicación e industriales (ETSI, ANSÍ, ISO, CEN, AENOR, etc.).
La segunda fase del proceso regulatorio se concreta en la adopción de disposiciones vinculantes de carácter nacional, provincial, o local, dependiendo de la estructura administrativa de cada país. En la figura 4, a modo de ejemplo, se ha recogido el proceso seguido en la mayoría de los estados miembros de la Unión Europea en los que, tras la adopción de una recomendación de carácter sanitario, basada en la guía emitida por ICNIRP, se han transpuesto a la mayoría de las normativas nacionales los límites máximos admisibles de exposición del público a CEM.
Organizaciones competentes en aspectos de telecomunicación y de normalización técnica
La Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT)
La UIT, agencia de Naciones Unidas especializada en materia de telecomunicaciones, es la organización de carácter mundial competente en la organización y uso del espectro radioeléctrico. En su función organizadora, la UIT emite recomendaciones en las que se atribuyen frecuencias a diferentes servicios de radiocomunicaciones, determinándose las condiciones de uso.
1www.itu.int
La atribución de bandas de radiofrecuencia a los servicios no es una decisión puramente administrativa, sino que viene impuesta por las condiciones de propagación propias de cada banda, por la capacidad espectral y por los desarrollos tecnológicos. Así, por ejemplo, la telefonía móvil en su primera generación (1G) se desarrolló en la banda de 400 MHz, posteriormente (segunda generación -2G) migró a la banda de 900 MHz, llegándose a la actualidad (tercera generación - 3G) en que su evolución es hacia la banda de 2000 MHz, para lo que fue necesaria una atribución previa de la UIT.
Atribución de bandas de frecuencias a servicios |
Banda de frecuencias |
Longitud de Onda |
Equipos y servicios |
0 – 30 KHz |
Miriamétricas |
Pantallas TV PCs |
Cocinas Inducción, dispositivos antirrobo de comercios ... |
30 – 300 KHz |
Kilométricas |
Radiodifusión de onda larga |
300 – 3000 KHz |
Hectométricas |
Radiodifusión de onda media |
3 – 30 MHz |
Decamétricas |
Radiodifusión de onda corta |
30 – 300 MHz |
Métricas |
Radio FM, Televisión (VHF) |
300 – 3000 MHz |
Milimétricas |
Televisión (UHF), Telefonía móvil |
3 – 300 GHz |
Microondas |
Horno microondas, Comunicaciones Satélite, Enlaces Microondas, Radar |
100 – 100000 GHz |
Infrarojo / luz visible |
Telemando / Comunicaciones ópticas, Laser |
> 1000000 GHz |
Rayos X Rayos Gama |
Radiología, Física Nuclear |
Es necesario destacar que la UIT atribuye bandas de frecuencia a los servicios, pero no a sistemas concretos. A este respecto, se entiende por servicios de telecomunicación a aquellos específicamente definidos por la UIT como el servicio móvil, el servicio de radiodifusión, el servicio fijo por satélite, el servicio de Radioastronomía etc. Por su parte, los sistemas de telecomunicación son las diferentes formas tecnológicas de prestar un servicio. Así, para el servicio de telefonía móvil existen los sistemas GSM, PCS, UMTS (CDAAA), etc.
Institutos de normalización
Los sistemas de radiocomunicaciones basados en una determinada tecnología específica, precisan para su completa caracterización definir todo un conjunto de parámetros y normas, que garanticen la compatibilidad entre los distintos sistemas y entre estos y el entorno. La tarea de desarrollo de las normas que hacen ello posible corresponde a los Institutos de Normalización como es el caso de ISO, ANSÍ, ETSI o CEN.
En concreto, y por lo que respecta a máximos límites permitidos de exposición humana a los CEM originados por equipos de comunicaciones o industriales, existen dos normas básicas , la que se aplica en Estados Unidos, la ANSI-IEEE, y la que se sigue en Europa, la CENELEC, elaboradas por ANSÍ y CEN, respectivamente.
Organizaciones competentes en aspectos de salud
El órgano más relevante en materia de campos electromagnéticos y su relación con la salud es la Organización Mundial de la Salud (OMS) la cual tiene en marcha el proyecto internacional CEM que mas adelante se detallará. Otra organización relevante en esta área salud-CEM, por los estudios y directrices que elabora, es la Comisión Internacional sobre Protección frente a Radiaciones No-Ionizantes (ICNIRP), organización científica independiente, formalmente reconocida por la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud, la Unión Europea, la FCC (órgano regulador de los Estados Unidos), y muchas otras organizaciones científicas e industriales.
ICNIRP
Esta organización publicó en 1998 la guía sobre la protección frente a radiaciones no ionizantes que contiene los niveles de referencia máximos de exposición a CEM permitidos para el público en general, que, como puede verse en la tabla de más abajo, son prácticamente iguales que los recogidos en la norma CENELEC (al menos entre 400 y 2000 MHz, zona en la que se encuentra la telefonía móvil).
La norma utiliza los mismos criterios valoración del nesgo que la OMS a la hora de establecer los límites, y utiliza el mismo criterio de SAR (tasa de absorción específica) que CENELEC o ANSI-IEEE.
3Organización Internacional de Normalización, www.iso.org
4Instituto Americano de Normalización, www.ansi.org
5Instituto Europeo de Normalización, www.etsi.org
6Comité Europeo de Normalización, www.cenorm.be
ICNIRP Niveles de referencia |
Servicios/ Sistemas |
Banda de frecuencia (Max. y min. en MHz) |
Intensidad de campo eléctrico E (V/m)* |
Intensidad de campo magnético H (A/m)* |
Densidad de flujo magnético B (pT)* |
Densidad de potencia equivalente de onda plana (mW/cm2)* |
FM |
88-108 |
28 |
0,073 |
0,092 |
0,2 |
TV (VHF) |
170-220 |
28 |
0,073 |
0,092 |
0,2 |
Trunking |
400-470 |
27,5 |
0,074 |
0,092 |
0,2 |
TV (UHF) |
470-860 |
29,8 |
0,08 |
0,099 |
0,235 |
GSM |
890-960 |
41,02 |
0,110 |
0,137 |
0,45 |
DCS1800 |
1710-1880 |
56,86 |
0,153 |
0,19 |
0,86 |
PCS |
1850 –1990 |
59,14 |
0,159 |
0,197 |
0,93 |
UMTS
( CDMA) |
1900 - 2170 |
59,93 |
0,16 |
0,2 |
0,95 |
* Se proporcionan los valores correspondientes al extremo inferior de la banda puesto que se trata del caso más restrictivo
Losvaloreslímitesrecogidosenlatablaproporcionanprotecciónalcuerpohumano atendiendo a las diferentes capacidades de absorción de los tejidos a distintas frecuencias.
Así, como se puede observar en el gráfico siguiente, que representa los máximos valores admitidos de los niveles de referencia para el campo eléctrico (E) según ICNIRP:
- El cuerpo humano es mas vulnerable (capaz de absorber mas energía) en las
frecuencias medias (zona valle de 10 a 400 MHz) donde se sitúan la radio FM y la
televisión. Por ello, en esta zona se permite un nivel de campo menor (28 V/m).
- Se comporta como si fuera transparente en las frecuencias bajas (primera meseta, 87
v/m)
- Es opaco en las frecuencias altas (segunda meseta, 61 v/m).

Los límites que se contemplan en las directrices ICNIRP son coincidentes con los previstos en las normas técnicas aplicables a los equipos. A este respecto, el ICNIRP reconoce que los niveles indicados en esta norma están dados para las condiciones extremas porque en el cálculo de su valor ya se ha incluido un importante factor de seguridad (véase la siguiente figura) por lo que proporcionan suficiente protección para las personas ante efectos térmicos nocivos de exposiciones agudas (cortas). En opinión de la OMS, la introducción factores adicionales de segundad por parte de los reguladores nacionales no esta justificada. 
Obsérvese que los límites adoptados:
- Tienen un nivel de seguridad de más de 100 veces respecto de los valores de densidad
de potencia considerados de riesgo para la salud (0,45 mW/cm2 vs. 60 mW/cm2).
- Tienen un nivel de seguridad de 50 a 100 veces respecto de los valores de densidad de
potencia considerados capaces de producir efectos térmicos nocivos (0,45 mW/cm2
vs. 40 mW/cm2).
- Son tales que a 7 metros de distancia de una antena de telefonía móvil, la densidad
de potencia del campo está por debajo de la norma como mínimo en 7 veces (0,06
mW/cm2 vs. 0.45 mW/cm2) siendo lo habitual que el máximo en la calle, estépor
debajo 750 veces (6 uW/cm2 vs. 0.45mW/cm2).
- Estánalrededorde1200vecesporencimadelosvalorestípicos deemisión
electromagnética, como se ha demostrado en campañas de medidas masivas como la
efectuada en España, donde se midieron todas las estaciones base de telefonía
móvil.
El Informe anual de abril de 2003 realizado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología se incluye una auditoria llevada a cabo por los servicios de Inspección con el objeto de verificar la rigurosidad de las medidas y su correcta realización.
Fuentes:
Organización Internacional de Normalización, www.iso.org
Instituto Americano de Normalización, www.ansi.org
Instituto Europeo de Normalización, www.etsi.org
Comité Europeo de Normalización, www.cenorm.be
El Informe anual de abril de 2003 realizado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología se incluye una auditoria llevada a cabo por los servicios de Inspección con el objeto de verificar la rigurosidad de las medidas y su correcta realización.
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